martes, 2 de junio de 2009

Comunicado de Prensa de la Asoc. ELECTROTECNICA Arg

ASOCIACIÓN ELECTROTÉCNICA ARGENTINA
COMUNICADO DE PRENSA
Resolución ENRE Nº 184/2009

Ante las numerosas consultas recibidas en la Asociación Electrotécnica Argentina respecto de la derogación de la Resolución ENRE N° 207/95, según la Resolución ENRE Nº 184/09, la Comisión Directiva se ve en la obligación de realizar las siguientes aclaraciones:

  • 1. La Reglamentación para la Ejecución de las Instalaciones Eléctricas en Inmuebles vigente, AEA 90364 - Partes 1 a 6, así como las diferentes Secciones de la parte 7, incluyendo la 771 referida a viviendas, oficinas y locales unitarios, continúan siendo de aplicación obligatoria de su cumplimiento en todo el país, derivada del Decreto 351/79 reglamentario de la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19587 en los ámbitos de aplicación del mismo.

  • 2. Las Reglamentaciones citadas también fueron hechas taxativamente de cumplimiento obligatorio en diferentes jurisdicciones para todo tipo de inmuebles, a través de los siguientes Leyes, Decretos, Ordenanzas y Resoluciones:
    Municipalidad de La Plata -Provincia de La Pampa -ENRE de Catamarca -EPRE de Buenos Aires -Municipalidad San Nicolás -Municipalidad. Bahía Blanca -Municipalidad Tandil -Municipalidad de San M. Andes -Municipalidad Salta Capital -Municipalidad Vte. López -Municipalidad. de Tucumán -Provincia Salta - Municipalidad Córdoba -EPRE Entre Ríos -EPRE Entre Ríos

  • 3. El Anexo I de la Resolución ENRE N° 184/09 solo cubre en forma muy parcial e imprecisa los aspectos de seguridad eléctrica planteados en nuestras Reglamentaciones

  • Por lo tanto teniendo en cuenta la seguridad y de acuerdo a nuestros objetivos primordiales en pos del uso seguro y eficiente de la energía eléctrica, recomendamos adoptar íntegramente la Reglamentación AEA 90364 (Edición 2006).

    En la AEA seguiremos trabajando para la adopción unificada de nuestras Reglamentaciones en todas las jurisdicciones del país.

    Asociación Electrotécnica Argentina
    Comisión Directiva

ANALISIS DEL CONTENIDO DE LA PRECEDENTE COMUNICACION

por el titular de este blog Ing. Aldo Rizzi

La C.D. de la A.E.A. continúa por éste medio NO SIENDO CLARA en la explicitacion de las vigencia de sus reglamentaciones,

a saber:

1 - Es correcto SIGUE VIGENTE la Resolucion ENRE 207/95

2 - Esta Resolución SOLO ACEPTA el Reglamento AEA 1987 NO OTRO

3 - Aquí termina todo lo atinente al ámbito del ENRE - APSE y es muy claro :

"SOLO ES VALIDA LA REGLAMENTACION AEA 1987">

Pero que pasa con que la AEA que insiste es que es válida la versión del Regamento AEA 2006?

La ASOCIACION ELECTROTECNICA ARGENTINA dice "

La Reglamentación para la Ejecución de las
Instalaciones Eléctricas en
Inmuebles vigente, AEA 90364 -
Partes 1 a 6, así como las diferentes
Secciones de la parte 7, incluyendo la 771 referida a viviendas, oficinas y locales unitarios, continúan siendo de aplicación obligatoria de su cumplimiento en todo el país, derivada del Decreto 351/79 reglamentario de la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19587 en los
ámbitos de aplicación del mismo.

¿Cuales son los ámbitos de aplicación de la Ley 19587?

Como se detalla más abajo y la propia redacción indica:

SON LOS LUGARES DE TRABAJO

CONCLUSION

1 - Para viviendas SIGUE VIGENTE la AEA version 1987

2 - Para lugares de Trabajo se aplica la AEA 2006

.

.

No hay comentarios: